viernes, 26 de marzo de 2010

ANALISIS DE TEXTO DE LEY DE COMUNICACION

Ley de Comunicación
Publicado el 16/Marzo/2009 | 00:06
Por.Susana.Klinkicht
susanak@hoy.com.ec

La nueva Constitución ecuatoriana es posiblemente una de las primeras en consagrar el derecho a la Comunicación. Como parte de los derechos del buen vivir, la Carta Magna indica en la tercera sección que todas las personas tienen derecho a una comunicación libre, al acceso a las tecnologías de la información y comunicación y obliga al Estado a fomentar el acceso universal. También garantiza los tradicionales derechos a la libertad de expresión y de prensa y a recibir y producir información plural y veraz. Pero, sin lugar a dudas, la tarea que se menciona en la disposición transitoria, de aprobar una "Ley de la Comunicación" hasta el 21 de octubre de este año, se torna tan difícil, debido precisamente a que aquí se habla, no solo del derecho a estar bien informado, sino del conocimiento en toda su magnitud actual.

La intención de los asambleístas no fue solamente dar a los ciudadanos del Ecuador nuevas garantías de que las noticias que se les proporciona sean verificables, ni tampoco de proteger a los medios contra posibles aspiraciones de interferencias por parte de las autoridades del Estado. Lo que quisieron los que formularon la primera parte de la Constitución fue presentar una reacción contemporánea a la rasante evolución de las nuevas tecnologías, que ha convertido el acceso a ellas en una nueva forma de convivencia, en inusitada fuente de poder. La pregunta es si nuestro país puede cumplir esta tarea pionera.

Dice el Artículo 17 que el Estado facilitará el acceso a las tecnologías de información y comunicación en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan en forma limitada. Habla de un acceso universal donde la brecha tecnológica es profunda, no solo por la falta de dinero para comprar los aparatos y los programas, sino sobre todo por la generalizada incapacidad de usarlos para una real comunicación. Todo esto, con una tecnología que cambia constantemente y a buen ritmo.

La pregunta es si realmente la intención fue que el derecho a la comunicación sea exigible o si se empaquetó dentro de estas atractivas formulaciones las aspiraciones de rédito y control que se reflejan en otros pasajes de la Carta Magna, donde se alude a los medios en su calidad de fuentes de riqueza, al temor a los monopolios y la necesidad de una ley que regule los contenidos.

Lo que llama la atención es lo poco que se ha discutido hasta ahora, por lo menos públicamente, una ley, que no solo tiene plazo fijo, sino que podría constituir uno de los mecanismos que decida sobre el proceso democrático en el Ecuador a corto plazo y también para el futuro.

El Observatorio Ciudadano de la Comunicación de Cuenca, una ONG dedicada a la veeduría de los medios, hasta ahora sobre todo en relación con el sexismo en la publicidad, convocó la semana pasada a un foro sobre el tema. Pero, aunque interesantes en aspectos puntuales, los ponentes estuvieron muy lejos de poder delinear lo que podría contener o, mejor dicho, debería dejar de contener la nueva Ley de la Comunicación.


















ANÁLISIS:

TEXTO VERDADERO

El texto de Susana Klinkicht, escritora del diario Hoy, muestra un texto con ironía, o eso es lo que trata de hacer al escribir sobre el nuevo proyecto de ley de comunicación, escribe detallando cada artículo que ella ve, que no se realizara al cien por ciento o que nunca se lo podrá respetar ya por asuntos de economía que el país no dispone,
como lo dice en el Articulo 17:
“que el Estado facilitará el acceso a las tecnologías de información y comunicación en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan en forma limitada. Habla de un acceso universal donde la brecha tecnológica es profunda, no solo por la falta de dinero para comprar los aparatos y los programas, sino sobre todo por la generalizada incapacidad de usarlos para una real comunicación. Todo esto, con una tecnología que cambia constantemente y a buen ritmo”.

Aquí existe cierta ironía, incluso cuando escribe entre comillas "Ley de la Comunicación" por ello clasifico su artículo por este estilo y que es directo.

Su lenguaje es natural pero eso si muy directo va a lo que tiene que escribir y es breve, y hace entender todo lo que desea mostrar en el texto. No contiene faltas ortografías, pero si palabras no muy conocidas o que no logro entender como es el caso de inusitada, exigible y rédito.

Este texto dice la verdad bien clara que está pasando nuestro país, respecto a la nueva ley de comunicación como la escritora lo dice: “Lo que llama la atención es lo poco que se ha discutido hasta ahora, por lo menos públicamente,” se llenan de discusiones y no se llega nada concreto.


.CINTHIANATH HERRERA

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